Liberalismo
7. La idea de libertad
¿Existe un concepto de libertad que sea privativo del liberalismo? Con frecuencia se
afirma que el concepto de libertad empleado por los autores liberales clásicos es total
o predominantemente negativo, mientras que los liberales revisionistas y los
socialistas invocan una concepción más positiva. Este punto de vista no es del todo
erróneo, pero puede llevar a conclusiones equivocadas en tanto que la complejidad de
la distinción entre libertad positiva y negativa no esté sólidamente comprendida. En
su forma más clara y simple, la distinción es la que señaló Constant —y que Isaiah
Berlin[50] formuló en nuestro tiempo con insuperable perspicacia— entre no
interferencia e independencia, por una parte, y el derecho a participar en la toma de
decisiones colectivas, por otra. En este sentido, no cabe duda de que todos los
liberales clásicos fueron exponentes de una concepción negativa de libertad. Ni
Locke, Kant o Smith, ni siquiera John Stuart
Mill, dudaron de que la libertad individual pudiera suprimirse en una sociedad en
la que todos los adultos tuvieran derecho de voz para el gobierno. Al mismo tiempo,
la concepción negativa de libertad no se restringe en sus usos a los liberales, ya que
tanto Bentham como Hobbes, el primero un cuasiliberal en el mejor de los casos y el
segundo un individualista y autoritario, aunque ciertamente no un liberal, la emplean
en forma particularmente clara e inflexible. Parece no existir una relación necesaria
entre la adhesión a una visión negativa de libertad y la adopción de los principios
liberales, si bien la defensa de la visión positiva se ha visto acompañada con
frecuencia por un rechazo del liberalismo.
Entonces, ¿en qué consiste la visión positiva de libertad? De acuerdo con Hegel y
sus seguidores, es la visión de que, en sentido estricto, la libertad individual implica
tener la oportunidad de autorrealizarse (o, quizá, presupone incluso la consecución de
la autorrealización). El contenido político de la visión positiva es que si determinados
recursos, capacidades o habilidades son necesarios para que la autorrealización sea
efectivamente alcanzable, entonces el hecho de contar con estos recursos debe
considerarse parte de la libertad misma. Sobre esta base, los liberales revisionistas
modernos han defendido el Estado benefactor como una institución que fortalece la
libertad: se sostiene que otorga a los individuos los recursos necesarios, con lo cual
amplía sus oportunidades de libertad. Estos liberales revisionistas no son
necesariamente discípulos de Hegel, pero comparten con él la visión de que la
libertad (libertad positiva) implica más que poseer el derecho legal para actuar.
Significa, ante todo, que cada uno tenga los recursos y las oportunidades de actuar
para hacer lo mejor con su vida. Con mucha frecuencia estos liberales revisionistas
también han manejado el supuesto de que la libertad positiva o auténtica sólo puede
alcanzarse en una sociedad armónica o integrada.
La concepción hegeliana de libertad positiva ha sido objeto de certeras críticas por parte de Berlin y otros liberales contemporáneos. En primer término, señalan que
libertad y autorrealización no son una cosa, sino dos: un hombre puede elegir
libremente sacrificar sus oportunidades de autorrealización en aras de una meta que
posee mayor valor para él. Además, está lejos de ser claro lo que implica la
autorrealización en cada caso particular. ¿Quién puede decir lo que la
autorrealización comprende para cualquier ser humano? Puede ocurrir que, así como
las condiciones para la autorrealización de un individuo suelen entrar en conflicto con
las de otros hombres, de igual modo estas condiciones pueden ser conflictivas o
competitivas incluso en una misma persona. Por último, los liberales clásicos
modernos rechazan la versión, hegeliana de libertad positiva porque, como ha
señalado F. A. Hayek[51], conduce en último término a establecer una igualdad entre
libertad y poder para actuar; una ecuación contraria al ideal liberal de igual libertad
porque el poder no puede, por naturaleza, distribuirse por igual. Al parecer, hay un
conflicto insuperable entre la concepción hegeliana de libertad positiva y los valores
liberales de diversidad e igualdad.
No todas las concepciones de la libertad positiva son tan demostrablemente
opuestas a los valores liberales como la concepción hegeliana. Merece la pena
recordar que tanto Spinoza como Kant desarrollaron una visión positiva de libertad
como autonomía o autodeterminación individual en defensa de la tolerancia y de un
gobierno limitado. Se trata de una visión de libertad no como autodeterminación
colectiva, sino más bien como autogobierno racional del agente individual; dicha
visión moldea la obra más liberal de Mill, Sobre la libertad, y tiene raíces en los
autores estoicos de la prehistoria del liberalismo. Esta versión de la visión positiva
parece coincidir por completo con la temática liberal y haberse asegurado un sitio
dentro de la tradición del liberalismo intelectual. La variante individualista de la idea
positiva de libertad ilumina otra dimensión de la distinción entre libertad positiva y
negativa. Se trata de la diferencia entre las concepciones de libertad que hacen de ella
siempre y de manera exclusiva una relación interpersonal y aquellas (las
concepciones positivas) que dejan abierta la posibilidad de que la libertad individual
quede constreñida por restricciones internas, así como por obstáculos sociales. En su
forma más persuasiva, la visión positiva concibe la libertad como la no restricción de
opciones, ya sea por la obstrucción de otros hombres o por factores internos del
propio agente, tales como debilidad de la voluntad, fantasías o inhibiciones
irracionales o una socialización acrítica ante las normas convencionales. La idea de
libertad como no restricción de opciones[52] se relaciona, con la idea del individuo
autónomo —el individuo que no está regido por otros, sino que se rige a sí mismo—.
La idea del individuo autónomo es central en la filosofía de Kant, así como en la de
Spinoza, y debe considerarse como una de las nociones clave de la tradición liberal.
La libertad como autonomía ha sido objeto de numerosas críticas por parte de los
liberales contemporáneos. Para Berlín[53], implica la división errónea del yo en dos
partes, la superior y la inferior, la racional y la del deseo, la esencial y la empírica, y se usa fácilmente como licencia para el paternalismo y la tiranía. La idea de
autonomía (según John Stuart Mill, por ejemplo) implica para Hayek[54] representar
como amenazas a la libertad individual las que, en parte, son sus condiciones: el
acatamiento de las normas convencionales y la adhesión a formas de vida heredadas.
Las críticas de Berlin se aplican, sin lugar a dudas, a algunas variantes de la visión
positiva, pero no es claro que se deban aplicar a todas. Las concepciones de
autonomía pueden ser, en sí, relativamente abiertas o cerradas en la medida en que
impliquen que agentes autónomos deban converger en una sola forma de vida o
coincidan en un cuerpo unificado de verdades. Aun cuando la mayoría o la totalidad
de las concepciones clásicas de la libertad como autonomía —en los estoicos,
Spinoza y Kant— son en este sentido concepciones cerradas, sería posible construir
una noción de autonomía que no incluyera la característica de requerir el acceso a un
solo cuerpo de verdades morales objetivas, sino que exigiera simplemente el libre
ejercicio de la inteligencia humana. Muchas de las amenazas modernas a la libertad
—formas de propaganda, manipulación de los medios de comunicación masiva y la
tiranía de la moda— sólo pueden entenderse, en mi opinión, al invocar una
concepción de autonomía como ésta. La libertad puede ser constreñida por otros
medios distintos del de la coerción, y el que la idea de la libertad como autonomía se
ajuste a este hecho constituye una virtud (en contraste con la visión de carácter más
negativo). De nuevo Hayek pisa terreno firme cuando detecta en Mill una hostilidad a
la convención por ser ésta contraria a una libertad que debe ser, en último término, no
liberal. Ninguna sociedad libre puede sobrevivir por mucho tiempo (como el propio
Mill ha reconocido en otros momentos)[55] sin tradiciones morales y convenciones
sociales estables: la alternativa a tales normas no es la individualidad, sino la
coerción y la anomia. Una concepción de autonomía plausible y defendible no
necesita estar impregnada de la animosidad hacia las convenciones y tradiciones que
penetra algunos de los escritos de Mill. El ideal de autonomía, en términos de
psicología social, alude no al hombre internamente movido que desatiende su entorno
social, sino más bien al hombre crítico, y autocrítico, cuya lealtad a las normas de la
sociedad está moldeada por el mejor ejercicio de sus facultades racionales. Tal
concepción abierta de autonomía, que evita la metafísica racionalista del yo del tipo
criticado por Berlin y que discierne sobre el papel de las convenciones y las
tradiciones como condiciones de una libertad que le fue negada a Mill, parece estar
en completa armonía con el liberalismo.
¿En qué forma el concepto de libertad como autonomía atañe a las libertades
específicas a las que solemos aludir como libertades liberales? Entiendo aquí dichas
libertades como las de palabra y expresión, de asociación y movimiento, de
ocupación y modo de vida, etcétera: las libertades que Rawls atinadamente ha
denominado «libertades básicas»[56]. El propio Rawls se vio motivado a desarrollar la
noción de libertades básicas por la indeterminación que caracterizaba la idea de
máxima libertad; la exigencia de que la libertad sea maximizada (en términos de igualdad para todos) sólo recibe un contenido definido, señala, cuando la libertad se
descompone o se desagrega en una serie o sistema de libertades básicas. Propongo
que las libertades básicas se conciban como la armazón de las condiciones necesarias
para la acción autónoma. Un hombre libre es aquel que posee los derechos y
privilegios para pensar y actuar autónomamente, para regirse a sí mismo y no ser
gobernado por otro[57]. El contenido del sistema de libertades básicas no necesita ser
fijo o inmutable, pero sí incorporar las condiciones necesarias, en una circunstancia
histórica dada, para el fortalecimiento y el ejercicio de las facultades de pensamiento
y acción autónomas. Es claro que, cualquiera que sea su contenido adicional, las
libertades básicas abarcarán la protección jurídica de un Estado liberal: libertad en
contra del arresto arbitrario, libertad de conciencia, de asociación, de movimiento,
etcétera. Además de estas libertades civiles, con frecuencia se ha sostenido que las
libertades básicas incluyen las libertades económicas, concebidas de diferentes
formas. De hecho, uno de los criterios para distinguir el liberalismo moderno por
oposición al clásico es el planteamiento (hecho por liberales modernos o
revisionistas) de que la libertad como autonomía presupone la dotación de recursos
económicos por parte del gobierno y la corrección, también gubernamental, de los
procesos de mercado. En comparación con estos liberales modernos, y en oposición a
Rawls —quien construye el conjunto de libertades básicas de forma que resultan
neutrales en lo que se refiere a las operaciones de organización económica—,
sostendré en el siguiente capítulo que los liberales clásicos están en lo correcto al
afirmar que la libertad individual presupone la protección jurídica de la libertad
contractual y el derecho fundamental a la propiedad privada.