La criolla principal

Inés Quintero · Capítulo 13 de 32

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La criolla principal

1795: Un infausto recuerdo

 

La decisión no era sencilla. El encuentro con su hermano le suscitaba emociones encontradas. Era Simón, sin lugar a dudas, el hombre más importante y poderoso de Colombia, vencedor de las armas españolas en Boyacá y Carabobo: el Libertador Presidente. Pero este mismo hombre era el responsable de todos sus infortunios, de su expulsión y extrañamiento de su patria, el enemigo de su Rey, quien le había proporcionado sus mayores disgustos.

No se le había borrado de la memoria la primera vez que se vio envuelta en un litigio con la Real Audiencia de Caracas. Había sido, precisamente, por culpa de su hermano menor. En el fondo de uno de los baúles que la acompañaron en su peregrinaje, estaban todavía los oficios y documentos del caso. Una y mil veces los había releído cuando pensaba en los desatinos de su hermano. Habían transcurrido 27 años. Ella, para ese entonces, tenía 19 años, él era un imberbe. Todavía le hervía la sangre cuando leía la declaración de su

hermano ante el Juez. Las cosas ocurrieron así[27].

Por disposición del abuelo don Feliciano, quien falleció al año siguiente que la madre de los Bolívar, Simón quedó bajo el cuidado de su tío don Esteban Palacios. Ausente el tío Esteban en España, la tutela del niño estaba a cargo del otro tío, don Carlos Palacios, el mayor de los hermanos varones, subteniente del batallón de milicias de la ciudad de Caracas y primer albacea del difunto.

El 23 de julio de 1795, un día antes de cumplir los doce años, Simón se presentó en la casa de María Antonia y le dijo que no quería vivir más en compañía de su tío Carlos, su curador y que, por tanto, tenía resuelto mudarse para allá. Sorprendida por tal determinación, se lo comunicó a su esposo y, entre ambos, trataron de disuadirlo explicándole lo irregular de su decisión. Inmediatamente se presentó en la casa Juan Nepomuceno Ribas, tío de ambos, quien estaba a cargo del menor ya que el tío Carlos se encontraba fuera de la ciudad, resolviendo asuntos relativos a los inventarios de las propiedades heredadas por Simón. Ni ella, ni el tío Ribas, ni Pablo Clemente, su marido, pudieron persuadirlo de que regresase a la casa de su tutor. Insistía el muchacho en que la sola posibilidad de volver a la casa de su tío le producía la mayor repugnancia y que bajo ningún concepto estaba dispuesto a regresar.

Al día siguiente, Pablo Clemente y María Antonia, decidieron informar a la Real Audiencia la novedad y solicitaron que, en consideración a que el menor Simón Bolívar no tenía en la ciudad otro pariente más cercano que su hermana, le permitiese quedarse en su compañía y así lo dispuso la Real Audiencia, el mismo día 24 de julio.

Pero, como era de esperar, el asunto no concluyó allí. Al regresar el tío Carlos y enterarse del incidente se dirigió inmediatamente a la Real Audiencia con el fin de enderezar el entuerto y recuperar la tutela del niño.

Alegaba el tío Carlos que, de ninguna manera, podía aceptarse la pretensión del joven Simón. Primero, porque era la voluntad del abuelo Palacios y así lo había dejado establecido en su testamento; segundo, porque sólo podría recibir la mejor educación de sus tíos que querían lo mejor para él; tercero, porque siendo como era un niño desaplicado a todo género de instrucción necesitaba, en una edad tan peligrosa, una custodia firme y correspondiente a su nacimiento y al rango que le tocaría ocupar en la sociedad; cuarto, porque las leyes del Reino eran claras respecto a que en casos como éste no podía elegirse como habitación del menor las casas de aquellas personas que muriendo el huérfano tuviesen derecho a heredarle y quinto, porque aceptar los caprichos del muchacho era totalmente contrario a las normas de disciplina que estaba obligado a aprender.

Don Carlos Palacios estaba sencillamente escandalizado por las impertinencias del muchacho, quien había manifestado a las autoridades que podrían disponer de sus bienes, si les parecía, pero que no podrían hacer lo mismo con su persona y que si los esclavos tenían libertad para elegir amos a su satisfacción, no debía negársele a él la de vivir en la casa que fuese de su agrado. Aclaraba el tío que no le parecía verosímil que un niño de esa edad fuese el promotor de semejantes especies; en consecuencia, le hacía saber a los magistrados que, con toda seguridad, esas inconvenientes expresiones debían ser producto de la sugestión de personas inconsideradas que le habían seducido imbuyéndolo de pensamientos impolíticos y erróneos.

Solicitaba entonces que, con el fin de rectificar estas malsanas ideas y para enseñarle la verdadera doctrina de respeto y subordinación que debía a los magistrados y a sus sabios decretos, se le transfiriese a la casa de don Simón Rodríguez, maestro de la Escuela Pública, para que éste le proveyese de educación teniéndole siempre a la vista en su propia casa.

Para cumplir con este propósito demandaba de las autoridades que, sin admitir excusa ni pretexto, fuese extraído don Simón de Bolívar de la casa de don Pablo Clemente y doña María Antonia Bolívar y se le entregara para conducirlo a la casa de su maestro. Su petición fue aprobada por el máximo tribunal y se fijó su ejecución para el día primero de agosto a las 8 de la noche.

En la fecha y hora señaladas se presentó don Carlos Palacios en la casa de Pablo Clemente y María Antonia, con el firme propósito de hacer cumplir la orden del alto tribunal, pero el niño se negó rotundamente a acompañar a su tío. A la fuerza fue sacado para la calle y cargado por un sirviente de don Carlos Palacios y conducido desde la esquina de Sociedad hasta la casa de don Simón Rodríguez, de Cují a Romualda, a más de cuatro cuadras de distancia, entre gritos, berrinches, llantos y pataleos, a la vista de todos los presentes y causando, por supuesto, el mayor escándalo y alboroto.

Para María Antonia y su marido todo el suceso fue absolutamente incómodo y bochornoso. Según lo expuesto por Carlos Palacios podía interpretarse que eran ellos quienes le habían metido en la cabeza la idea de fugarse y, por si esto fuera poco, ambos, ella y su marido, aparecían como los responsables de las ideas inconvenientes expuestas por el menor al desobedecer el mandato de las autoridades.

Se vieron, pues, en la ineludible necesidad de reaccionar frente a los ataques de que habían sido objeto por parte de don Carlos Palacios y contra la violencia que se había ejecutado sobre el menor. María Antonia introdujo un nuevo escrito ante la Real Audiencia con el fin de que le devolviesen al muchacho.

El argumento central del escrito de María Antonia era sentimental y afectivo. Nadie, diferente a su persona, podía proporcionarle mayor cariño y consuelo a un niño que había perdido a sus padres a tan temprana edad y en la orfandad había sido separado de sus hermanas. Le parecía inconcebible que se utilizase el texto de la ley para impedirlo ya que esgrimir que su condición de heredera la inhabilitaba para que él viviese con ella, era lo mismo que convertirla en sospechosa de tener intereses contrarios a la felicidad de su hermano. El amor de una hermana mayor era equiparable al de una madre, la demostración más fehaciente de ello era que el propio Simón, movido por su afecto y su libre inclinación natural e innata, buscaba su compañía. No podía interpretarse, como lo hacía malamente su tío Carlos, que había sido inducido a ello. La decisión nacía del afecto y cariño que ella siempre le había manifestado; si su tío Carlos lo mirase con el mismo cariño que ella y estuviese atento a su educación con el mismo amor, seguramente el pobre huérfano jamás hubiese pensado en salir de su casa. No podía ella negarle el calor de su regazo a su hermano carnal.

Pero más allá de sacar a relucir el afecto que le tenía a su hermano menor, había otro aspecto que la mortificaba particularmente y era la decisión de enviarlo a la casa de Simón Rodríguez, un extraño. Siendo Simón un niño de la primera distinción en la ciudad, con superabundantes rentas para conservar el decoro y honor heredado de sus padres, no debía destinársele a una escuela pública para vivir en ella y menos si ello ocurría por imposición violenta ya que, lejos de contribuir a su educación, podía exponérsele a que olvidase sus sentimientos de honor y de hombre de bien y, finalmente, se perdiese.

De acuerdo a una inspección solicitada por ella misma, no le parecía que la casa de Rodríguez fuese el lugar más apropiado para su hermano, aun cuando no tenía la menor objeción respecto a su calidad y probidad como maestro. El caso es que Rodríguez vivía en compañía de su esposa, su suegra, un hermano, la mujer de su hermano con un niño recién nacido, la suegra de su hermano, dos cuñadas, un señor llamado don Pedro Pireo con su sobrino, cinco niños entregados por su padre para su educación y tres criados; en total 18 personas a las que se sumaba Simón, quien compartía la habitación con José Félix Nava, hijo de Gervasio Navas. El propio Simón Rodríguez, en la misma visita, había insinuado que le sería más útil y mejor a su tranquilidad y ocupaciones que de la casa del joven se le suministrasen los alimentos porque su pobreza quizá no le permitiría muchas veces complacer el paladar del niño.

Todo esto, en opinión de María Antonia, apoyaba sobradamente su negativa a que su hermano viviese en compañía de tanta gente y sin los cuidados y placeres a que estaba acostumbrado.

El tema era particularmente sensible ya que constituía un agravio al honor de la familia, y daba ocasión al público para que pensase que era ella indiferente al destino de su hermano o, peor aún, que no estaba en condiciones de atender su educación. No estaba en juego solamente el futuro de su hermano sino su propia reputación y el honor de los Bolívar.

Desde su punto de vista, era más justo y decoroso, en atención a la calidad y rentas de su hermano, que se le asignase un ayo o sacerdote secular u otra persona de probidad, instruida y adornada de todas las circunstancias y cualidades necesarias para que se encargara de darle la educación que se ajustaba a su nacimiento.

El tribunal no fue del todo insensible a su petición. Si bien no autorizó el regreso de su hermano a su casa, dejaba claro que la decisión obedecía al mucho amor que ella le profesaba, lo cual podía ser perjudicial para el menor, y al hecho de que ella y su marido eran todavía muy jóvenes y sin la experiencia para precaver los inconvenientes que podrían surgir de una educación voluntaria. Al mismo tiempo, el fiscal observaba que le parecía más apropiado que se le separara del común de los demás jóvenes del pueblo y se le trasladase al Colegio Seminario de la ciudad. En este sentido, la sentencia le daba la razón respecto al tema de la calidad de su hermano y la educación que, en atención a ello, debía recibir.

Decía el alto tribunal que se le encargara al rector o vicerrector del dicho colegio «… el especial cuidado que deben tener de su mejor educación y de arreglar sus costumbres y recto modo de pensar a la calidad de su nacimiento y caudales, de modo que pueda formarse un ciudadano útil a la Religión y al Estado, o que se encargue su educación a otro sacerdote de literatura y respeto, pues si bien se considera los mozos de la calidad del referido sirven de estorbo en las escuelas públicas de primeras letras y fácilmente aprenden lo que no es conveniente sin que el maestro pueda separarlos por más que quiera de la comunicación de los que viviendo en casa de sus padres, concurren a ellas».

Como era de esperarse, el tío Carlos no estuvo conforme con la disposición de la Real Audiencia y en un nuevo escrito, expuso sus motivos para disentir de la sentencia respecto al tema del Seminario.

De ninguna manera podía autorizar que Simón entrase al Seminario, en primer lugar porque jamás había dado la más mínima demostración de sentirse atraído por el estado eclesiástico; segundo, porque de ingresar al

seminario se vería obligado a vestir la opa y la beca[28] lo cual era incompatible con el vestido militar que debía llevar continuamente su sobrino, destinado como estaba a la carrera de la milicia y en tercer lugar, estaba el detalle del Mayorazgo de la Concepción del cual era heredero y en cuyo documento de fundación se establecía explícitamente que si se metía a cura automáticamente perdería el derecho a disfrutar de los bienes y rentas del Vínculo fundado por el padrino de Simón, el padre Juan Félix Aristeguieta. No había nada que discutir al respecto.

Pero a estos señalamientos difícilmente rebatibles, añadía don Carlos unos comentarios adversos y pugnaces contra María Antonia y su marido. El tío Carlos los desautorizaba enfáticamente ante la Real Audiencia para intervenir en los asuntos concernientes a la educación y tutela del niño Simón; ni su parentesco, ni su amor fraternal, ni sus declarados deseos de proporcionarle lo mejor para su futuro tenían validez alguna; de acuerdo a lo que establecían las leyes estaban actuando de manera ilegítima y en abierta contradicción contra lo que estaba pautado en el testamento del abuelo Palacios.

Los culpaba de sembrar discordias y divisiones en la familia, de propiciar una situación escandalosa y de poner en entredicho su labor como tutor al acusarlo de negligencia en la conducción y educación de su tutoreado. En su concepto, ella y su marido, le habían proferido un grave insulto y una atroz injuria en su honor cuando quisieron hacer ver ante el alto tribunal que sus

representaciones eran siniestras y obrepticias[29]. En vista de todo lo anterior, el tío Carlos le solicitaba a la Real Audiencia que el impertinente e ilegal intento de los esposos Clemente Bolívar, en el caso de don Simón Bolívar, hacía forzoso imponerles perpetuo silencio y prohibirle a la escribanía la recepción de cualquier nuevo escrito sobre esta materia a fin de que se abstuviesen de inquietar al pupilo y de sembrar el desconcierto en la familia.

Si la solicitud y acusaciones de don Carlos Palacios eran bochornosas y desagradables para la reputación y el honor de María Antonia, más incómodo e inesperado fue el desenlace final de la querella que se había iniciado el día que su hermano resolvió refugiarse en su casa de habitación aquel 23 de julio de 1795. Este último episodio era el que, transcurridos 26 años, todavía le producía un enorme disgusto.

Luego de tres meses de papeleos, trámites, denuncias y sinsabores, fue requerido su hermano Simón ante la Real Audiencia para que dijese cuál era su voluntad. El 14 de octubre, el fiscal le expuso al menor cuáles eran los argumentos de ambas partes. Y, cuál no sería la sorpresa de María Antonia cuando supo que Simón al ser consultado sobre la materia contestó «… sin embargo de que antes resistía el vivir al abrigo de su tío y curador don Carlos Palacios, fue pura temeridad y como mal aconsejado; en el día, más reflexivo del mejor éxito en su educación y enseñanza, no solamente está pronto sino que desea con ansia el volver al abrigo y casa de su tío y curador el citado don Carlos, continuando bajo la enseñanza y dirección de su maestro don Simón

Narciso Rodríguez[30]».

La declaración del joven Simón puso fin a la trifulca familiar y dejó en entredicho a María Antonia. Cualquier persona, después de conocer el cambio de opinión de su hermano, estaba en su derecho de pensar que había sido ella la instigadora del episodio o, peor aún, que el muchacho no se había sentido a gusto en su casa.

Noventa y tres reales y medio tuvieron que desembolsar para cancelar las costas correspondientes a los autos que introdujeron ante la Real Audiencia por la fuga caprichosa de su hermano, ahora el Libertador Presidente.