El inversor inteligente
Capítulo 16. Valores convertibles y warrants
Capítulo 16
Valores convertibles y warrants
Las obligaciones convertibles y las acciones preferentes han ido
asumiendo una importancia predominante en los últimos años en el campo de
la financiación con valores preferentes. En paralelo se ha producido la
generalización de los warrants de opciones sobre acciones, que son derechos
a largo plazo a comprar acciones ordinarias a precios estipulados, que cada
vez son más numerosos. Más de la mitad de los valores preferentes que
cotizan actualmente en la Guía de Acciones de Standard & Poor’s tienen
privilegios de conversión, y lo mismo ocurre con la mayor parte de la
financiación mediante obligaciones empresariales que tuvo lugar entre 1968–
1970. Hay por lo menos 60 series diferentes de certificados de opciones sobre
acciones negociados en la American Stock Exchange. En 1970, por primera
vez en su historia, la NYSE aceptó a cotización una emisión de warrants a
largo plazo que otorgaban a sus titulares derecho a comprar 31 400 000
acciones de American Telephone & Telelegraph a 52 dólares cada una. Con
«Ma Bell» en cabeza de la procesión, seguro que serán muchos los nuevos
fabricantes de warrants que se unirán al séquito. (Como indicaremos
posteriormente, en más de un caso sería más adecuado hablar de fabricadores
que de fabricantes[1]).
En la imagen general, los valores convertibles ocupan una posición mucho
más importante que los warrants, y los expondremos en primer lugar. Hay
dos aspectos principales que se deben tener en cuenta desde el punto de vista
del inversor. En primer lugar, ¿qué lugar ocupan en materia de oportunidades
de inversión y de riesgos? En segundo lugar, ¿de qué manera afecta su
existencia al valor de las acciones ordinarias con las que están conectados
esos títulos convertibles?
Se afirma que los títulos convertibles son especialmente ventajosos tanto
para el inversor como para la entidad que los emite. El inversor recibe la
superior protección de una obligación o de una acción preferente, junto con la
oportunidad de participar en cualquier incremento sustancial en el valor de la
acción. El emisor puede allegar fondos pagando un moderado interés, o el coste del dividendo preferente, y en caso de que la prosperidad prevista se
haga realidad el emisor podrá librarse de la obligación preferente canjeándola
por acciones ordinarias. Por lo tanto, las dos partes de la operación acabarían
consiguiendo unos resultados infrecuentemente satisfactorios.
Evidentemente, lo que se ha dicho en el párrafo anterior tiene que suponer
una exageración por un lado o por otro, puesto que es imposible conseguir,
mediante la mera creación de un instrumento ingenioso, que una transacción
sea mucho más favorable para las dos partes que participan en ella. A cambio
del privilegio de conversión, el inversor suele renunciar a algo importante, ya
sea en calidad o en rendimiento, o en ambas cosas[2]. A la inversa, la empresa
consigue su dinero a un coste inferior gracias a la posibilidad de conversión,
pero hay que tener en cuenta que esa conversión supone la renuncia a parte de
los derechos que corresponden a los accionistas ordinarios a participar en la
futura ampliación de capital. Sobre esta cuestión se pueden plantear una serie
de complejas argumentaciones, tanto a favor como en contra. La conclusión
más segura a la que se puede llegar es que los títulos convertibles son como
cualquier otra forma de valor, en tanto en cuanto que sus rasgos formales por
sí mismos no garantizan que sean atractivos o que dejen de serlo. La cuestión
dependerá de todos los hechos que rodeen en cada caso al título concreto[3].
TABLA 16.1
Record de cotización de nuevas emisiones de acciones preferentes en 1946
Lo que sí sabemos, no obstante, es que el grupo de títulos convertibles
colocado en el mercado durante la última parte de un período alcista tiene
muchas probabilidades de ofrecer, en conjunto, resultados insatisfactorios.
(En tales períodos en los que predomina el optimismo, por desgracia, es
cuando se ha llevado a cabo en el pasado la mayor parte de la financiación
con instrumentos convertibles). Las consecuencias insatisfactorias serán por lo tanto inevitables, como consecuencia de la propia coyuntura, puesto que un
amplio declive en el mercado de valores depara, invariablemente, que el
privilegio de conversión resulte mucho menos atractivo, y con mucha
frecuencia, además, también pondrá en cuestión la seguridad subyacente del
propio título[4]. Como ilustración del grupo seguiremos utilizando el ejemplo
que propusimos en nuestra primera edición sobre el comportamiento de
precio relativo de las acciones preferentes con y sin derecho de conversión
que se ofrecían en 1946, el año en que concluyó el período alcista de mercado
anterior al extraordinario período alcista que comenzó en 1949.
Resulta difícil realizar una exposición comparable correspondiente al
período de 1967-1970, puesto que durante esos años no se produjo
prácticamente ninguna oferta nueva de títulos no convertibles. De todas
formas, es fácil demostrar que la reducción media de cotización de las
acciones preferentes convertibles que tuvo lugar desde diciembre de 1967
hasta diciembre de 1970 fue mayor que la experimentada en conjunto por las
acciones ordinarias (que únicamente perdieron el 5%). Además, parece que
los títulos convertibles han conseguido unos resultados bastante peores que
las más antiguas acciones preferentes simples, sin derecho de conversión,
durante el período que va de diciembre de 1968 a diciembre de 1970, como
queda de manifiesto en la muestra de 20 títulos de cada tipo que se recoge en
la tabla 16.2. Estas comparaciones demostrarán que los títulos convertibles,
en conjunto, tienen una calidad relativamente deficiente en tanto que
emisiones preferentes, y también que están vinculados con acciones
ordinarias que consiguen peores resultados que el mercado en general, salvo
durante períodos de despegue especulativo. Estas observaciones, por
supuesto, no son aplicables a todos los títulos convertibles. En particular,
durante 1968 y 1969 unas cuantas empresas potentes recurrieron a estos
títulos convertibles para afrontar la situación provocada por los tipos de
interés descabelladamente elevados que se veían obligadas a desembolsar
todas las obligaciones, incluso las de la máxima calidad. No obstante, es
digno de mención que en nuestra muestra de 20 acciones preferentes
convertibles únicamente una había experimentado un incremento de valor,
mientras que 14 habían sufrido graves retrocesos[5].
TABLA 16.2
Récord de cotización de acciones preferentes, acciones ordinarias y warrants, diciembre de 1970
en comparación con diciembre de 1968
(Basado en muestras aleatorias de 20 títulos).
(El índice compuesto Standard & Poor’s de 500 acciones ordinarias descendió un 11,3%).
La conclusión que se debe extraer de estas cifras no es que los títulos
convertibles sean, por sí mismos, menos deseables que los títulos no
convertibles o «simples». En igualdad de circunstancias, sería cierta la
afirmación contraria. No obstante, es posible apreciar con absoluta claridad
que las demás circunstancias no son iguales en la práctica y que la adición del
privilegio de conversión frecuentemente, y tal vez se podría decir que
generalmente, delata la ausencia de una genuina calidad de inversión del
título en cuestión.
Es cierto, por supuesto, que una acción preferente convertible es más
segura que una acción ordinaria de la misma empresa, es decir, que soporta un
menor riesgo de posible pérdida del principal. En consecuencia, quienes
adquieren nuevos títulos convertibles en lugar de la correspondiente acción
ordinaria actúan con lógica en ese sentido. Sin embargo, en tales casos lo que
suele ocurrir es que la adquisición de la acción ordinaria no habría sido
inteligente, al precio vigente, y la sustitución de la acción ordinaria por la
acción preferente convertible no mejora la situación en medida suficiente.
Además, buena parte de la compra de títulos convertibles ha sido realizada
por inversores que no tenían ningún interés o confianza especial en la acción
ordinaria, es decir, que nunca habrían pensado en comprar la acción ordinaria
en aquel momento, pero que se vieron tentados por la combinación
aparentemente ideal del derecho preferente y del privilegio de conversión a un
precio cercano al vigente en el mercado. En varios casos esta combinación ha rendido buenos resultados, pero la estadística indica que es más probable que
acabe resultando una trampa.
En conexión con la titularidad de valores convertibles hay un problema
especial que la mayoría de los inversores no detectan. Incluso en los casos en
los que se produce un beneficio, dicho beneficio trae consigo un dilema.
¿Debería vender el titular su valor cuando se produzca una pequeña subida?;
¿debería esperar hasta que se produzca una subida mucho mayor?; si se
produce un rescate del título, cosa que suele pasar frecuentemente si las
acciones ordinarias han experimentado una considerable subida de cotización,
¿debería desprenderse de los títulos en ese momento o convertirlos y
conservar la acción ordinaria[6]?
Hablemos en términos concretos. Supongamos que compra usted una
obligación al 6%, convertible en acciones a 25, es decir, en una proporción de
40 acciones por cada obligación de 1000 dólares. La acción sube a 30, lo que
hace que la obligación valga por lo menos 120, y por lo tanto cotiza a 125.
Tiene la opción de vender o de conservar el título. Si lo conserva, con la
esperanza de obtener una cotización superior, estará en una situación muy
similar a la del accionista ordinario, puesto que si la acción pierde valor, la
obligación de la que es titular también lo perderá. Una persona conservadora
probablemente entenderá que superado el nivel de 125 su posición pasa a ser
demasiado especulativa y, por lo tanto, venderá y obtendrá un gratificante
25% de beneficio.
Hasta ahora todo ha salido a pedir de boca. Pero insistamos en esta
cuestión un poco más. En muchos casos en los que el tenedor vende a 125, la
acción ordinaria sigue subiendo, impulsando con ella al título convertible, y el
inversor siente esa peculiar punzada que afecta a la persona que ha vendido
demasiado pronto. La próxima vez, decide esperar hasta 150 o 200. El valor
sube hasta 140, y no vende. Después el mercado se viene abajo y sus
obligaciones se desploman hasta 80. Otra vez se ha vuelto a equivocar.
Al margen de la angustia mental que genera hacer este tipo de
suposiciones erróneas —que aparentemente son casi inevitables— las
operaciones con valores convertibles sufren de un verdadero inconveniente
aritmético. Podría suponerse que una política firme y uniforme de vender al
25% o al 30% de beneficio sería la que mejor resultados arrojaría para
muchas carteras. Esto, por lo tanto, delimitaría el límite superior de beneficio
que se podría obtener únicamente con las operaciones que diesen buen
resultado. No obstante, si, como parece ser el caso, estos valores suelen
carecer de una seguridad subyacente adecuada, y suelen salir al mercado y ser adquiridos en las últimas etapas del período alcista de mercado, una buena
proporción de ellos será incapaz de alcanzar el nivel de 125, pero no obstante,
no tendrá ningún problema para venirse abajo cuando el mercado alcance el
punto de inflexión y empiece a bajar. De esta manera, las espectaculares
oportunidades ofrecidas por los valores convertibles resultan ser ilusorias en
la práctica, y la experiencia general viene determinada por un número de
pérdidas sustanciales, por lo menos de naturaleza temporal, equivalente al de
ganancias de similar magnitud.
A causa de la extraordinaria duración del período alcista de mercado que
tuvo lugar entre 1950 y 1968, los valores convertibles en conjunto ofrecieron
buenos resultados durante aproximadamente 18 años. Sin embargo, lo único
que significa esto es que la inmensa mayoría de acciones ordinarias
obtuvieron grandes subidas, en las que la mayor parte de los valores
convertibles pudieron participar. La sensatez de la inversión en valores
convertibles únicamente se puede contrastar en función de los resultados que
obtengan en un mercado que evolucione a la baja y, en conjunto, dichos
resultados han sido insatisfactorios[7].
En nuestra primera edición (1949) ofrecíamos una ilustración de este
problema especial que plantea la duda de «qué hacer» cuando un valor
convertible evoluciona al alza. Creemos que sigue estando justificado incluir
esa exposición en este libro. Como algunas otras de las referencias que hemos
facilitado, éstas se basan en nuestras propias operaciones de inversión.
Éramos miembros de un «grupo selecto» formado principalmente por fondos
de inversión, que participó en una oferta privada de obligaciones convertibles
al 4,5% de Eversharp Co., que salieron a la par, convertibles en acciones
ordinarias a 40 dólares por acción. Las acciones subieron rápidamente hasta
65,5 y después (tras un desdoblamiento tres por dos) hasta el equivalente de
88. Este último precio hizo que las obligaciones convertibles valiesen por lo
menos 220. Durante este período los dos valores fueron rescatados con una
pequeña prima; por lo tanto, prácticamente todos se convirtieron en acciones
ordinarias, que fueron conservadas por algunos de los fondos de inversión
compradores originales de las obligaciones. Poco tiempo después, el precio
empezó a sufrir un severo declive, y en marzo de 1948 las acciones se
vendían solamente a 7,375. Esta cotización ofrecía un valor de sólo 27 para
las obligaciones, lo que entrañaba la pérdida del 75% del precio original, en
vez de un beneficio de más del 100%.
La verdadera enseñanza de esta historia es que algunos de los
compradores originales convirtieron sus obligaciones en acciones y conservaron sus acciones durante su gran declive. Al hacerlo, fueron en
contra del viejo adagio de Wall Street que dice: «No convertir nunca una
obligación convertible». ¿A qué se debe este consejo? A que una vez que se
convierte el valor, se pierde la combinación estratégica de derecho preferente
conectado con la oportunidad de obtener un atractivo beneficio.
Probablemente habrá abandonado su posición de inversor y se habrá
convertido en especulador, y frecuentemente además lo habrá hecho en un
momento inconveniente (porque la acción ya habrá experimentado una gran
subida). Si la regla de «No convertir nunca un título convertible» es válida,
¿cómo es posible que los expertos gestores de fondos canjeasen sus
obligaciones de Eversharp por acciones, para sufrir posteriormente las
embarazosas pérdidas? La respuesta, sin duda, es que se dejaron llevar por el
entusiasmo que les infundían las perspectivas de la empresa, así como por la
«favorable evolución de mercado» de las acciones. En Wall Street hay unos
cuantos principios prudentes; el problema es que normalmente se olvidan en
el momento en el que más necesarios son[8]. De ahí proviene otro famoso
adagio de los viejos del lugar: «Haz lo que digo, no lo que hago».
Nuestra actitud general hacia los nuevos títulos convertibles es, por lo
tanto, de desconfianza. Con esto queremos decir, al igual que con otras
observaciones similares, que el inversor debería mirar más de dos veces antes
de comprarlos. Después de este escrutinio escéptico es posible que siga
pensando que ha descubierto una oferta excepcional que es demasiado buena
para rechazarla. La combinación ideal, por supuesto, es la de un título
convertible que cuente con una sólida garantía, que sea canjeable por una
acción ordinaria que, en sí misma, sea atractiva, a un precio que sea sólo
levemente superior al actual precio de mercado. De vez en cuando aparece
una nueva oferta que cumple esos requisitos. No obstante, por la propia
naturaleza de los mercados de valores, es mucho más probable descubrir una
oportunidad de ese tipo con algún título más antiguo que haya evolucionado
hasta una situación favorable, que hallarla con un título recién colocado en el
mercado. (Si la nueva emisión es realmente buena, no es muy probable que
tenga un buen privilegio de conversión).
El delicado equilibrio entre lo que se da y lo que se retiene en un valor
convertible de tipo ordinario queda bien ilustrado con el uso intensivo que se
ha dado a este tipo de instrumentos en la financiación de American
Telephone & Telegraph. Entre 1913 y 1957 la empresa colocó por lo menos
nueve emisiones diferentes de obligaciones convertibles, la mayor parte de
ellas a través de derechos de suscripción entre los accionistas. Las obligaciones convertibles ofrecían la importante ventaja para la empresa de
atraer a un tipo de compradores mucho más amplio que el que habría estado
disponible para una colocación de acciones, puesto que las obligaciones eran
muy populares entre numerosas instituciones financieras que tenían grandes
recursos pero que, en algunos casos, no estaban autorizadas a comprar
acciones. La rentabilidad por intereses de las obligaciones había sido por lo
general de la mitad del correspondiente rendimiento por dividendo de las
acciones, un factor que se había calculado para compensar el derecho
preferente en caso de liquidación que se atribuía a los titulares de
obligaciones. Como la empresa mantuvo su dividendo de 9 dólares durante 40
años (desde 1919 hasta el desdoblamiento de acciones que tuvo lugar en
1959), el resultado fue que prácticamente todos los títulos convertibles se
convirtieron en acciones ordinarias. Por lo tanto, los compradores de estos
títulos convertibles han tenido buenos resultados a lo largo de los años,
aunque no tan buenos como si hubiesen comprado las acciones ordinarias
desde el principio. Este ejemplo pone de manifiesto la solidez de American
Telephone & Telegraph, pero no el atractivo intrínseco de las obligaciones
convertibles. Para demostrar que estos instrumentos son sólidos, en la práctica
necesitaríamos una serie de casos en los que los títulos convertibles hubiesen
tenido un resultado satisfactorio aunque las acciones ordinarias hubiesen
tenido un resultado decepcionante. Ejemplos de este tipo no son fáciles de
encontrar[9].
Efecto de la emisión de valores convertibles en la situación de las acciones
ordinarias
En un gran número de casos, los valores convertibles se han emitido en
conexión con fusiones o con nuevas adquisiciones. Posiblemente el caso más
llamativo de este tipo de operación financiera fue la emisión por parte de
NVF Corp. de casi 100 millones de dólares en obligaciones convertibles con
un interés del 5% (más warrants) a cambio de la mayor parte de las acciones
ordinarias de Sharon Steel Co. Esta extraordinaria operación se comenta
posteriormente, en las páginas 458–462. Habitualmente la transacción tiene
como consecuencia un incremento proforma de los beneficios declarados por
acción ordinaria; la cotización de las acciones sube en respuesta a sus
mayores beneficios, así declarados, pero también gracias a que el equipo de
dirección ha dado pruebas de su energía, espíritu emprendedor y capacidad de
ganar más dinero para los accionistas[10]. Sin embargo, también hay otros dos factores de contrapeso: uno de ellos suele pasar prácticamente inadvertido y el
otro absolutamente inadvertido en los mercados optimistas. El primero es la
dilución real de los beneficios actuales y futuros de las acciones ordinarias
que deriva aritméticamente de los nuevos derechos de conversión. La dilución
se puede calcular específicamente si se toman los beneficios recientes, o
cualquier otra cifra hipotética, y se calculan los beneficios por acción
ajustados en caso de que todas las acciones u obligaciones convertibles se
convirtiesen en la práctica. En la mayor parte de las empresas la reducción
resultante en las cifras por acción no será significativa. Sin embargo, hay
numerosas excepciones a esta afirmación, y existe el peligro de que el número
de excepciones crezca en una proporción nada aconsejable. Los
«conglomerados» que están en rápida expansión han sido los principales
practicantes del juego de prestidigitación con valores convertibles. En la tabla
16.3 enumeramos siete empresas con grandes cantidades de acciones
emisibles como consecuencia de conversiones o contra el ejercicio de
derechos de suscripción otorgados en [11] warrants.
Cambios recomendados de acciones ordinarias a acciones preferentes
Durante décadas antes de, por ejemplo, 1956, las acciones ordinarias
tuvieron un rendimiento superior a las acciones preferentes de las mismas
empresas; esto resulta especialmente cierto en el caso de que las acciones
preferentes tuviesen un privilegio de conversión cercano al mercado. En la
actualidad, la situación suele ser, por lo general, la contraria. En
consecuencia, hay un número considerable de acciones preferentes
convertibles que son claramente más atractivas que sus correspondientes
acciones ordinarias. Los propietarios de las acciones ordinarias no tienen nada
que perder, y consiguen importantes ventajas, si cambian sus acciones
subordinadas por las correspondientes preferentes.
TABLA 16.6
Empresas con grandes cantidades de títulos convertibles y warrants a finales de 1969 (acciones en
miles).
a Incluye «acciones especiales».
b Al cierre de 1970.
Ejemplo: un ejemplo típico de esta situación es el de Studebaker-
Worthington Corp. al cierre de 1970. Las acciones ordinarias cotizaron a 57,
mientras que las preferentes convertibles con dividendo de 5 dólares acabaron
a 87,5. Cada acción preferente era canjeable por 1,5 acciones ordinarias; por
lo tanto, valían 85,5. Esto indicaría una pequeña diferencia monetaria en
contra del comprador del título preferente. Sin embargo, las acciones
ordinarias recibían dividendo a razón anual de 1,20 dólares (o 1,80 dólares en
el caso de las 1,5 acciones), en contraposición con los 5 dólares por cada
acción preferente. Por lo tanto, la diferencia negativa original en precio podría
compensarse probablemente en menos de un año, después del cual las
preferentes ofrecerían un rendimiento por dividendo sustancialmente mayor
que las ordinarias durante un cierto tiempo. Sin embargo, lo más importante,
por supuesto, sería la posición preferente con respecto del accionista ordinario
que se podría obtener con el cambio. A los precios mínimos de 1968, y una
vez más en 1970, las acciones preferentes cotizaban 15 puntos por encima de
1,5 acciones ordinarias. Su privilegio de conversión garantizaba que nunca se
vendiesen por debajo del lote de acciones ordinarias[12].
Warrants de opciones sobre acciones
Seamos claros desde el principio. Consideramos que la reciente aparición
y evolución de los warrants de opciones sobre acciones son prácticamente un
fraude, un peligro inminente, y un potencial desastre. Han creado enormes
valores agregados monetarios a partir de la nada. No tienen ningún motivo para existir, salvo que se considere como tal el hecho de que sirven para
engañar a especuladores e inversores. Deberían estar prohibidos por la ley, o
por lo menos estrictamente limitados a una pequeña parte de la capitalización
total de una empresa[13].
Si se quiere establecer una analogía en la historia general y la literatura
remitiremos al lector a la sección de Fausto (parte 2) en la que Goethe
describe la invención del papel moneda. Como ominoso precedente en la
historia de Wall Street podemos mencionar los warrants de
American & Foreign Power Co., que en 1929 tenían un valor cotizado de
mercado de más de 1000 millones de dólares, aunque únicamente aparecían
recogidos en una nota al pie del balance de la empresa. Para 1932 esos 1000
millones de dólares se habían reducido a 8 millones de dólares, y en 1952 los
warrants fueron eliminados de la recapitalización de la sociedad, aunque ésta
había conservado su solvencia durante el período.
Originalmente, los warrants de opciones sobre acciones se adjuntaban de
vez en cuando a las emisiones de obligaciones, y solían ser normalmente el
equivalente a un privilegio de conversión parcial. Su importe no solía ser
trascendente, y por lo tanto no hacían daño. Su utilización se extendió a
finales de la década de 1920, junto con otros muchos abusos financieros, pero
desaparecieron de la vista durante muchos años después de la crisis. Estaban
condenados a volver a aparecer, como las malas monedas que son, y desde
1967 se han convertido en «instrumentos de financiación» muy habituales. De
hecho, ha surgido un procedimiento ordinario para allegar capital para nuevas
empresas inmobiliarias, filiales de grandes bancos, que consiste en la venta de
unidades de un número igual de acciones y de warrants para comprar
acciones adicionales al mismo precio. Ejemplo: en 1971 CleveTrust Realty
Investors vendió 2 500 000 de estas combinaciones de acciones ordinarias (o
«acciones de participación») y warrants por 20 dólares la unidad.
Pensemos un momento en qué consiste exactamente esta configuración
financiera. Por lo general, una acción ordinaria suele disfrutar de un derecho
preferente a comprar acciones ordinarias adicionales cuando los consejeros de
la sociedad consideran conveniente captar capital de esa forma. Esto es lo que
se denomina «derecho de suscripción preferente» y es uno de los elementos
de valor que conlleva la tenencia de acciones ordinarias, junto con el derecho
a recibir dividendos, a participar en el crecimiento de la empresa y a votar en
la elección de consejeros. Cuando se emiten derechos de suscripción
independientes para suscribir capital adicional, esa emisión retira parte del
valor inherente de la acción ordinaria y la transfiere a un certificado independiente. Se podría hacer lo mismo emitiendo certificados
independientes que confiriesen derecho a recibir dividendos (durante un
período de tiempo limitado o ilimitado) o el derecho a participar en los frutos
de la venta o de la disolución de la empresa, o el derecho a ejercitar el voto
que corresponde a las acciones. ¿Por qué se crean, por lo tanto, estos warrants
o certificados de suscripción como parte de la estructura de capital original?
Simplemente porque las personas no tienen experiencia en cuestiones
financieras. No se dan cuenta de que cuando hay warrants en circulación las
acciones ordinarias valen menos que cuando no los hay. Por lo tanto, el lote
de acción y warrant suele obtener un mejor precio en el mercado del que
conseguirían las acciones en solitario. Hay que tener en cuenta que en las
memorias de las sociedades, normalmente, los beneficios por acción se
calculan (o se han venido calculando) sin tener en cuenta el efecto pertinente
de los warrants en circulación. El resultado, por supuesto, ha sido una
sobrevaloración de la verdadera relación entre los beneficios y el valor de
mercado de la capitalización de la empresa[14].
El método más sencillo, y probablemente el mejor, para deducir los
efectos de la existencia de warrants consiste en añadir el equivalente a su
valor de mercado a la capitalización de las acciones ordinarias, con lo que se
incrementaría el «verdadero» precio de mercado por acción. Cuando se han
emitido grandes cantidades de warrants en conexión con la venta de títulos
preferentes, suele ser habitual realizar el ajuste suponiendo que los ingresos
derivados del pago de los valores se emplean para amortizar los
correspondientes bonos, obligaciones o acciones preferentes. Este método no
permite deducir adecuadamente la habitual «prima de valor» del warrant por
encima del valor de ejercicio. En la tabla 16.4 comparamos el efecto de los
dos métodos de cálculo en el caso de National General Corp. en lo tocante al
ejercicio 1970.
¿Obtiene la empresa algún tipo de ventaja con la creación de estos
warrants, en el sentido de que le aseguren de alguna manera la percepción de
capital adicional cuando lo necesite? No en absoluto. Ordinariamente no hay
forma alguna de que la sociedad pueda exigir a los tenedores de los warrants
que ejerciten sus derechos, y por lo tanto que ofrezcan nuevo capital a la
sociedad, antes de la fecha de expiración de los warrants. Mientras tanto, si la
empresa desea obtener fondos adicionales en forma de capital ordinario
tendrá que ofrecer acciones a sus accionistas de la manera tradicional, lo que
significará ofrecerlas un poco por debajo del precio imperante de mercado.
Los warrants no tienen ninguna utilidad para tal operación; simplemente complica la situación, al exigir frecuentemente una revisión a la baja de su
propio precio de suscripción. Una vez más tenemos que afirmar que las
grandes emisiones de warrants de opción sobre acciones no tienen ninguna
finalidad, salvo la de fabricar valores de mercado imaginarios.
El papel moneda con el que Goethe estaba familiarizado cuando redactó
su Fausto eran los famosos asignados franceses que habían sido acogidos
como si se tratase de una maravillosa invención, y que estaban destinados a
perder en última instancia todo su valor, como ocurrió con los 1000 millones
de dólares de los [15] warrants de American & Foreign Power. Algunas de las
indicaciones realizadas por el poeta son aplicables con la misma validez tanto
a un invento como al otro, como en la siguiente escena:
FAUSTO:
La imaginación en su más alto vuelo . Se esfuerza en abarcarla sin conseguirlo jamás.
MEFISTÓFELES (el inventor):
¿Se quiere metálico? Siempre se encuentra un cambista.
EL BUFÓN (por último):
Los papeles mágicos…
TABLA 16.4
Cálculo del «verdadero precio de mercado» y del PER ajustado de las acciones ordinarias con
grandes cantidades de warrants en circulación
Téngase en cuenta que, tras las cargas especiales, el efecto del cálculo de la empresa consiste en
aumentar los beneficios por acción y reducir el PER. Esto es claramente absurdo. Según el método que
nosotros sugerimos, el efecto de la dilución consiste en aumentar el PER considerablemente, como
debería ser.
Postdata práctica
El delito de los [16] warrants es el de «haber nacido». Después de haber
sido creados, funcionan como otras formas de títulos y ofrecen tanto
oportunidades de beneficio como de pérdida. Prácticamente todos los nuevos
warrants tienen un período de validez limitado, que normalmente oscila entre
cinco y diez años. Los warrants más antiguos solían ser perpetuos, y era muy
probable que sus cotizaciones experimentasen fascinantes historias a lo largo
de los años.
Ejemplo: Los libros de registro mostrarán que los warrants de
TriContinental Corp., que se remonta a 1929, se vendían a un despreciable
0,03 de dólar la unidad en lo más profundo de la depresión. Desde ese
miserable nivel su precio ascendió hasta un imponente 75,75 en 1969, una
progresión astronómica de aproximadamente el 242 000%. (Los warrants en
dicho momento cotizaban considerablemente por encima de las propias
acciones; esto es lo que ocurre en Wall Street como consecuencia de
acontecimientos técnicos del estilo de los desdoblamientos de acciones). Un ejemplo reciente es el ofrecido por los warrants de Ling-Temco-Vought que
en la primera mitad de 1971 pasaron de 2,5 a 12,5, y después volvieron a caer
hasta 4.
No cabe duda de que se pueden realizar operaciones diestras con los
warrants de vez en cuando, pero es una cuestión demasiado técnica para que
la abordemos en esta ocasión. Podríamos afirmar que los warrants suelen
cotizar a un nivel relativamente superior al de los correspondientes
componentes de mercado en relación con el privilegio de conversión de
obligaciones o acciones preferentes. En ese sentido, existe un argumento
válido para vender obligaciones con warrants adjuntos, en lugar de crear un
factor de dilución equivalente mediante un título convertible. Si el total de
warrants es relativamente reducido, no tiene ningún sentido tomarse su
aspecto teórico demasiado en serio; si el número de warrants emitidos es
grande en relación con el capital en circulación, probablemente eso sería señal
de que la sociedad tiene una capitalización preferente excesivamente
cuantiosa. Debería estar colocando instrumentos de capital ordinario en vez
de preferente. Por lo tanto, el principal objetivo de nuestro ataque a los
warrants, en cuanto que mecanismo financiero, no consiste en condenar su
utilización en conexión con las emisiones de obligaciones de dimensiones
moderadas, sino en oponernos a la desenfrenada creación de enormes
monstruosidades de «papel moneda» de esta naturaleza.