El Mediterráneo y el mundo mediterráneo en la época de Felipe II
El malestar político
Se habla corrientemente de la España unificada de Felipe II. Pero hay que entenderse. No cabe duda de que la centralización del país se acentuó en el curso de este largo reinado autoritario, pero, por el año de 1559, las franquicias populares no hacen más que desdibujarse, las leyes no han cambiado y el recuerdo de las revueltas pasadas no ha desaparecido. La autoridad real no es ilimitada ni carece de contrapeso. Choca con los “fueros”, con la fabulosa y sin cesar creciente riqueza del clero, con la independencia de una opulenta nobleza, con la indisciplina a veces abierta de los moriscos y con la desobediencia de los funcionarios. En el curso de los años 1556 a 1559 se percibe, incluso, un serio quebrantamiento del prestigio del Estado, una especie de crisis de insubordinación.
No se trata de una revuelta manifiesta, sino de una ola de descontento y desafección, visible en pequeños hechos por el estilo de los que el historiador
Llorente[278] ha reunido y que sólo adquieren sentido cuando se compaginan los unos con los otros. Así, vemos que cuando Carlos V, “cargado de años, de laureles y de enfermedades”, desembarca en Laredo en 1556, sólo comparecen a darle la bienvenida unos cuantos nobles, y el viejo emperador
se muestra apenado y sorprendido.[279] Poco después, son las hermanas de Carlos V, Isabel y María, reinas de Francia y de Hungría, respectivamente, quienes viajan por la Península; en el trayecto de Jarandilla a Badajoz se invita a algunos señores para que las acompañen, pero la invitación cae en el
vacío, sin que los nobles requeridos se dignen siquiera excusarse.[280] Algunos días antes, las reinas, deseosas de instalarse en Guadalajara, habían pedido al duque del infantado que las aposentara en su palacio, aquel mismo palacio en que, andando el tiempo, se celebrarán las terceras bodas de Felipe
II.[281] El duque se niega a su petición, con gran escándalo de las damas y del[II-412] emperador, quien, sin embargo, no quiso, a pesar de las instancias ejercidas sobre él, forzar la mano al duque, importante personaje de quien había recibido valiosos servicios. En enero de 1558, el corregidor de Plasencia se presenta a ejecutar ciertos mandamientos en Cuacos, villorrio cercano a Yuste, donde el emperador tiene un alguacil, y los dos funcionarios se enredan en una enconada controversia. El corregidor zanja el asunto
apoderándose de la persona del alguacil y poniéndolo preso.[282]
Aprovechándose del desorden, de las deficiencias gubernamentales, de los malos métodos de los juristas y los ministros, cada cual intenta adjudicarse
algún privilegio suplementario. En octubre de 1559,[283] Felipe II, preocupado por el déficit de sus finanzas, anda a la caza de abusos que suprimir y de economías que hacer. Un viejo consejero, alcalde de la Cancillería de Valladolid, el licenciado Palomares, le envía una curiosa carta respecto a las excesivas pretensiones de los grandes señores en materia judicial. Le recuerda que ya con motivo del viaje del rey a Alemania, en 1548-1550, se habían reunido en el convento de San Pablo, en Valladolid, siete u ocho grandes de España, reclamando para todos los caballeros con título de nobleza el privilegio de no someterse a otra jurisdicción que la del soberano. Habían pedido, asimismo, que, en las causas criminales por las tierras señoriales que se ventilaran ante los tribunales regios, el dinero de las condenas fuese para el señor. Y, en apoyo de sus pretensiones, llegaron a invocar una llamada ley de Guadalajara, que databa, según se decía, de los tiempos de Juan I y que, según el licenciado Palomares, debía de ser apócrifa o tener un doble sentido. En 1556 (detalle sintomático: el rey volvía a estar ausente, pues había partido para Inglaterra en 1554) habíase reunido otra asamblea idéntica, siempre en el convento de San Pablo; vuelven a pedir lo mismo, y la princesa Juana se lo niega. Pero ahora habían recurrido a un subterfugio para que sus pretensiones prosperaran; así pues, en las escrituras de venta de las tierras de la Corona, principalmente las celebradas en 1559, los redactores habían introducido ciertas cláusulas lesivas para la autoridad del Estado, acogiéndose a la citada ley de Guadalajara. Fue un funcionario real, el licenciado Juan de Vargas, el primero que deslizó estas peligrosas cláusulas en el texto de una escritura de venta efectuada en provecho suyo. Por ella, se reservaba hábilmente los[II-413] beneficios inherentes a la justicia criminal sobre la tierra comprada por él. Su ejemplo había sido seguido por otros, naturalmente. “Algunos han comprado lugares que están en servicio de V. M. y en su consejo y de esto se ha de guardar V. M.” Como se ve, hasta los más altos funcionarios se dejan tentar.
Esta actitud de los señores y de los compradores de “lugares de vasallos” acusa la endeblez del Estado, sus penurias y sus debilidades, que incitan a todos los abusos. Como se comprende, ello no hacía más que acrecentar y dar nuevo relieve a los obstáculos con que habitualmente tropieza la autoridad real. Las villas a quienes se intenta despojar de sus jurisdicciones se defienden enérgicamente, envían sus emisarios ante la persona del rey y salen a menudo airosas del empeño. Otras veces, con harta frecuencia, son los propios funcionarios de la “Casa de Contratación” los que ayudan a los mercaderes de Sevilla a burlar las disposiciones oficiales. En la primavera de 1557, el gobierno había secuestrado la plata que la flota de las Indias traía con destino a particulares. Carlos V, indignado, exclama: “… y agora que ya de siete a ocho millones que eran llegados, y se habían venido a parar en cinco, hanlo hecho tan bien que de estos cinco millones han venido a parar en quinientos
mil ducados”.[284] Y fue necesario que estallase la violenta cólera del emperador para poner en marcha contra los delincuentes la pesada maquinaria
judicial. En el otoño del mismo año[285] se consideró más prudente despachar al encuentro de la flota de las Indias a la escuadra de Álvaro de Bazán, la cual, habiendo llegado a Sanlúcar el 7 de septiembre, se hizo cargo del numerario y lo transportó a Santander, de donde fue expedido directamente a los Países Bajos. La autoridad real veíase reducida a recurrir a subterfugios.
Otras veces no se atrevía a intervenir. Así, cuando el duque de Francavilla, virrey de Aragón, manda dar garrote a un “manifestante” que protesta contra los derechos forales, su acto desencadena un motín, las Cortes se reúnen por sí mismas sin que el soberano las convoque, el virrey vese obligado a refugiarse en la Aljafería, y el gobierno de Valladolid, puesto al
corriente, lo desautoriza.[286] No quiere enajenarse la voluntad de los aragoneses, sobre todo en tiempo de guerra contra Francia. Algo parecido[II-414] ocurre en Valencia, donde los magistrados que instruyen —es su pan de cada día— las causas de los “tagarinos”, nombre que se da a los moriscos de esta región, reciben instrucciones de obrar con prudencia. Una carta al Consejo de
la Inquisición, fechada el 4 de junio de 1557,[287] se expresa en estos términos: “… En cuatro de setiembre passado vs. ms. nos (escrivieron) que por ser el tiempo tan peligroso deviamos suspender por entonces de tratar de las causas de los Tagarinos…”
Se comprende que los funcionarios, prevenidos por estos Consejos, se sientan timoratos y no se decidan a obrar ni siquiera obedeciendo órdenes. El
inquisidor Arteaga escribe el 28 de febrero de 1559[288] a la “Suprema”, y refiere que el alguacil del Santo Oficio de Barcelona ha venido a pedirle la ejecución en Valencia de ciertas sentencias dictadas por aquel tribunal. “… Y si he dexado de prender las personas contenidas en dicha requisitoria ha sido por escusar el escandalo y alboroto grande que en esta ciudad pudiera suceder por esto, por ser los tiempos que son y ser los más dellos officiales preheminentes en esta ciudad…” Por ser los tiempos que son… Tiempos difíciles, no cabe duda, y que exponen a una dura prueba a la obra de la monarquía.